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Subsidio de arrendamiento 2024: requisitos, documentos y cómo aplicar.

Se entregará un valor equivalente al 45% de un salario mínimo, es decir, alrededor de $522.000 pesos.

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La obtención de vivienda es un factor fundamental para cualquier proyección personal, ya sea a través de compra o alquiler, por lo que contar con un espacio propio es de enorme importancia para el bienestar y estabilidad. Sin embargo, para el caso del arriendo, el costo de las cuotas es un tema que genera gran preocupación en los ciudadanos.

Especialmente este año, en el que se espera un incremento en el canon de arredramiento del 9,5%, es decir, si un núcleo familiar para de arriendo 1.000.000, la renta podría quedar en un precio aproximado de 1.095.000.

Ante este panorama, el Ministerio de Vivienda ha dispuesto una serie de programas de subsidios y ayudas financieras que permiten aumentar las oportunidades para que mayor número de personas puedan adquirir propiedades.

Lo anterior se da gracias a las contribuciones a la cuota inicial y los intereses con la adquisición de vivienda, dependiendo cada programa. Para el caso del subsidio de arrendamiento, esta ayuda tiene como finalidad favorecer a los empleados e independientes para que realicen los pagos mensuales de alquiler.

Requisitos para acceder al subsidio de arrendamiento:

Los ciudadanos que deseen aplicar al programa, deben estar afiliados a una caja de compensación.

Deben tener ingresos iguales o inferiores a dos salarios mínimos mensuales vigentes.

Ninguno de los miembros de la familia que solicita el subsidio debe ser propietario de una vivienda en el territorio nacional ni haber sido beneficiario del subsidio previamente.

La residencia para la cual se pide el subsidio no debe estar sujeta a embargos ni hipotecas, no puede encontrarse en una zona de riesgo y debe ser apta para habitar.

¿Cómo y cuándo acceder al beneficio?

Es de gran importancia que tenga en cuenta los documentos, entre los que destacan: Certificados laborales del afiliado y de los miembros de la familia que estén empleados, fotocopia del documento de identidad, certificado de tradición y libertad, y el recibo de impuesto predial al día.

Referencia: https://colombia.as.com/actualidad/subsidio-de-arrendamiento-2024-requisitos-documentos-y-como-aplicar-n/

Imagen: <a href="https://www.freepik.es/foto-gratis/familia-alegre-que-usa-laptop-mientras-relaja-piso-su-nuevo-hogar_26922964.htm#fromView=search&page=1&position=11&uuid=dece3b5b-6a9f-47b1-932c-a26362901555">Imagen de Drazen Zigic en Freepik</a>

Dueños de viviendas la tendrán difícil para arrendar en Colombia; gremio celebra decisión.

El Congreso de la República archivó la propuesta que buscaba autorizar que edificios y conjuntos residenciales se pudieran utilizar para vivienda turística.

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El Congreso de la República archivó la propuesta que buscaba autorizar que los inmuebles con régimen de propiedad horizontal, es decir los edificios y conjuntos residenciales, se pudieran utilizar para vivienda turística sin que mediara un permiso de la asamblea de copropietarios.

Este proyecto modificaba la Ley 675 de 2001 referente al régimen de propiedad horizontal en Colombia, y podía generar diferentes impactos económicos, legales y operacionales para el sector hotelero y podría afectar la convivencia en las propiedades horizontales.

Imagine lo complicado de combinar vivienda residencial y vivienda turística sin la debida planeación. Esto lo explicó María Alejandra Pérez, directora jurídica de la Lonja de Propiedad de Raíz de Medellín: “Cuando estamos mezclando esa vivienda residencial con un servicio de hospedaje, si no le incluimos unas condiciones particulares a esa mezcla de usos, hemos evidenciado como esto trae problemas de convivencia, problemas de seguridad no solamente para los que residen también incluso para los usuarios”.

Pérez explicó que en las propiedades horizontales no existen las condiciones de un hotel, no hay quien reciba y registre a los turistas, ni hay una vigilancia especial, porque un portero no está en capacidad contractual de controlar las situaciones que se pueden presentar en la vivienda turística.

Al archivarse el proyecto, sigue vigente la norma actual que ordena que para que en una propiedad horizontal se pueda dar vivienda turística la autorización debe darla la asamblea de copropietarios por mayoría, y dicha autorización debe estar conforme con la normativa del Plan de Ordenamiento Territorial de cada ciudad.

De acuerdo con José Andrés Duarte, presidente ejecutivo de Cotelco, citado por El Heraldo, la decisión de archivar el proyecto es clave para avanzar en la formalización del sector.

“Tenemos que proteger el desarrollo turístico de nuestras ciudades y regiones. Necesitamos seguir con planeación y construcción de desarrollo de un sector que debe tener unas reglas de juego claras. El crecimiento sin planificación es el gran reto que tiene el sector turismo”, sostuvo Duarte.

En ese sentido, Pérez señaló que “ese tema de la vivienda turística tiene que tratarse de manera particular a través de una modificación de la Ley de Turismo, que incluya las condiciones para que sea permitida dentro de la Propiedad Horizontal, hoy en día esas condiciones son bastante exigentes y se pueden revisar, pero que siga teniendo condiciones y que además se agreguen los elementos que tienen necesariamente que hacer parte de la vivienda turística cuando esta se ejecuta en propiedad horizontal”.

En conclusión, la normativa hoy indica que “la vivienda turística en unidades residenciales solo es legal en los siguientes casos: sí está expreso en el reglamento de propiedad horizontal, cuando el uso del suelo lo permite y si el inmueble cuenta con el Registro Nacional de turismo”, tal como expresó Federico Estrada, gerente de la Lonja de Propiedad Raíz de Medellín y Antioquia.

Referencia: https://www.pulzo.com/economia/duenos-viviendas-no-podran-arrendar-inmuebles-decision-congreso-PP3498505A

Imagen: <a href="https://www.freepik.es/foto-gratis/anfitrion-airbnb-dando-bienvenida-huespedes_33752025.htm#fromView=search&page=1&position=26&uuid=a65e5e98-4d38-4110-b240-1d805c697de4">Imagen de freepik</a>

 

Aportes a seguridad social para los rentistas de capital

Los rentistas de capital son trabajadores independientes, los cuales no celebran contratos de prestación de servicios ni son trabajadores por cuenta propia, sino que obtienen ingresos en calidad de inversionistas pasivos.
Los trabajadores independientes se clasifican en: independientes con contrato de prestación de servicios, trabajadores independientes por cuenta propia y, otros trabajadores independientes (dentro de los cuales figuran los rentistas de capital).
Por lo tanto, se puede afirmar que un rentista de capital es aquella persona natural que obtiene sus ingresos de las denominadas rentas pasivas, es decir, de rendimientos, ganancias de capital o inversiones, y no por la prestación personal de un servicio ni por el ejercicio de una profesión liberal.
¿Los rentistas de capital están obligados a efectuar aportes al sistema de seguridad social?
Los rentistas de capital tienen la calidad de aportantes al sistema de seguridad social integral y tienen la obligación de efectuar las cotizaciones correspondientes a salud, pensión y riesgos laborales, siempre que sus ingresos mensuales sean iguales o superiores a un salario mínimo legal mensual vigente.
Ahora bien, los aportes a seguridad social de los rentistas de capital se liquidan en atención al artículo 89 de la Ley 2277 de 2022, sobre un IBC que corresponde al 40 % del valor mensual de los ingresos causados para quienes estén obligados a llevar contabilidad, o los efectivamente percibidos para los que no tienen dicha obligación, sin incluir el valor del IVA, pero, disminuyendo previamente los costos reales (artículo 107 del ET) o presuntos (Decreto 1601 de 2022) a que haya lugar.

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Referencia: https://actualicese.com/aportes-obligatorios-en-seguridad-social-para-los-rentistas-de-capital/

Imagen de <a href="https://www.freepik.es/foto-gratis/concepto-relacion-vista-lateral-mesa-madera-mano-que-sostiene-cubo-madera-icono-corazon_9486197.htm#fromView=search&page=1&position=5&uuid=6b4ed10b-50ed-4fcd-8375-39bc894c97d3">Imagen de 8photo</a> en Freepik

 

¿Va a comprar casa este 2024? Estas son las tasas más bajas y recomendaciones

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El año pasado se vendieron 106.554 viviendas VIS y No VIS menos que en 2022. Y cerca de 38.000 hogares desistieron de la compra; en la mayoría de los casos tuvieron que ver los altos costos de los créditos.

Se puede decir que el 2023 fue uno de los peores años para el sector vivienda, pues factores como las altas tasas de interés, la inflación y algunos inconvenientes en la entrega de subsidios hicieron que a los colombianos les haya quedado más difícil comprar casa propia y a los constructores alcanzar su punto de equilibrio.

Así lo evidencian las recientes cifras de la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), las cuales muestran que durante 2023 las ventas de vivienda se contrajeron un 44,9%, jalonadas por el segmento de Vivienda de Interés Social (VIS), que registró una caída del 49,7%.

En total, según el gremio, se vendieron 106.554 viviendas menos frente al 2022, lo que representa una reducción de $20 billones en la inversión en vivienda por parte de los hogares.

Adicional a esto también hubo un récord en desistimientos, pues el año pasado 38.000 hogares tuvieron que desistir de la compra de su casa propia; es decir, un 62,9% más que en 2022.

De este total, el 78,1% de las unidades desistidas fueron VIS, con lo cual el segmento incrementó el volumen de renuncias en 91,5%.

De acuerdo con el análisis realizado por Coordenada Urbana, el 31% de los desistimientos del segmento VIS se produjo por los cambios que realizó el Ministerio de Vivienda al programa Mi Casa Ya. Y el otro 25% de las renuncias se dio por factores asociados al crédito.

“Ambos factores explicaron cerca de 16.500 de las 29.468 unidades desistidas en el segmento VIS (...) Esperamos que durante 2024 las tasas de interés hipotecarias se empiecen a moderar siguiendo la tendencia de la inflación. Esto permitirá mejorar las condiciones de financiación de los hogares”, señaló Guillermo Herrera, presidente de Camacol.

Así están las tasas para créditos de vivienda

Las estrictas políticas monetarias del Banco de la República en 2023 -que mantuvo la tasa de interés en 13% hasta noviembre, cuando bajó a 13%- impactaron especialmente los créditos comerciales, de consumo y vivienda. Sin embargo, según la más reciente Encuesta Mensual de Expectativas de Analistas Económicos (EME) del Banrep, la mayoría de expertos (50%) esperan que el Emisor baje el tope en enero a 12,50%.

De esta manera, se espera que este año sea un poco más amable para quienes deseen construir y adquirir vivienda, pues aunque las ya mencionadas razones han hecho que la intención de comprar casa disminuya, este sigue siendo uno de los mayores propósitos de los colombianos.

Por esto, antes de materializar ese sueño y adquirir un crédito, la recomendación es comparar las tasas, plazos y condiciones que le ofrece cada entidad bancaria.

De acuerdo con cifras de la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC), con corte al 12 de enero de 2024, las entidades con las menores tasas de interés para compra de vivienda VIS son el Fondo Nacional del Ahorro con un promedio de 10,0%; seguido del Banco Davivienda con 14,1% y Scotiabank Colpatria con 14,4%.

Por su parte, las entidades con las tasas más altas son Credifamilia con 21,5%, Mibanco S.A. con 20,5% y Confiar con 19,4%.

En cuanto a créditos para compra de vivienda No VIS, las tasas más bajas las ofrece el Fondo Nacional del Ahorro con 10,8%, Bancoomeva con 15,4% y AV Villas con 16,5%. Las más altas son de Cotrafa con 21,0%, Banco Caja Social con 18,4% y Scotiabank Colpatria con 17,9%.

Para Rafael Felipe Gómez, experto en derecho comercial y fundador de la firma Deraíz Abogados, no siempre la menor tasa corresponde al crédito más beneficioso, por lo que es importante, previo a tomar la decisión, solicitar el plan de pagos.

Lo que debe tener en cuenta

Antes de tomar un crédito de vivienda, Gómez recomienda revisar el historial y puntaje crediticio para aspirar a mejores condiciones de crédito.

Asimismo, proyectar la toma del crédito con al menos un año de anticipación para mejorar el comportamiento crediticio; pagar a tiempo y mover las tarjetas de crédito para aumentar el puntaje.

“También se debe definir responsablemente el presupuesto para saber cuánto es lo máximo que puede pagarse. Hay que tener en cuenta un rubro para reparaciones locativas, impuestos, cuotas ordinarias y extraordinarias de administración”, anotó el experto.

Agregó que es importante consultar la posibilidad de acogerse a beneficios gubernamentales, subsidios o alivios.

“Hay que negociar y tener claro que la tasa sea fija, las tasas variables pueden ser riesgosas. También conocer el fondo jurídico de un crédito hipotecario o leasing para definir cuál figura es más conveniente. Y tener el pre aprobado antes de iniciar la búsqueda de inmueble”, señaló Gómez.

Finalmente, recomienda siempre acudir a expertos para evitar estafas y riesgos.

¿Y los que ganan un salario mínimo?

Con un ingreso mensual de $1.300.000, comprar vivienda propia en Colombia puede parecer difícil, pero no imposible. Según Gómez, en estos casos las personas deben programarse ahorros sistemáticos para contar con al menos un porcentaje que oscile entre el 10% y el 30% del valor de la vivienda.

También aconseja consultar con la caja de compensación cuáles subsidios están activos, y a su vez con las entidades bancarias los alivios a la tasa.

“Cuando se logran confluir subsidios y alivios, se puede adquirir. El Gobierno tenía el proyecto semillero de propietarios, que buscaba ser ese apoyo y educación financiera para quienes no teniendo altos ingresos sueñan con tener vivienda propia”, comentó.

Se puede decir que el 2023 fue uno de los peores años para el sector vivienda, pues factores como las altas tasas de interés, la inflación y algunos inconvenientes en la entrega de subsidios hicieron que a los colombianos les haya quedado más difícil comprar casa propia y a los constructores alcanzar su punto de equilibrio.

Así lo evidencian las recientes cifras de la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), las cuales muestran que durante 2023 las ventas de vivienda se contrajeron un 44,9%, jalonadas por el segmento de Vivienda de Interés Social (VIS), que registró una caída del 49,7%.

En total, según el gremio, se vendieron 106.554 viviendas menos frente al 2022, lo que representa una reducción de $20 billones en la inversión en vivienda por parte de los hogares.

Adicional a esto también hubo un récord en desistimientos, pues el año pasado 38.000 hogares tuvieron que desistir de la compra de su casa propia; es decir, un 62,9% más que en 2022.

De este total, el 78,1% de las unidades desistidas fueron VIS, con lo cual el segmento incrementó el volumen de renuncias en 91,5%.

De acuerdo con el análisis realizado por Coordenada Urbana, el 31% de los desistimientos del segmento VIS se produjo por los cambios que realizó el Ministerio de Vivienda al programa Mi Casa Ya. Y el otro 25% de las renuncias se dio por factores asociados al crédito.

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Referencia: https://www.elcolombiano.com/negocios/va-a-comprar-casa-este-2024-estas-son-las-tasas-mas-bajas-y-recomendaciones-JN23599264

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